Ley que Aprueba el Contrato de Préstamo Par-27/2019 suscrito entre Paraguay y FONPLATA hasta US$ 220.000.000 (“Proyecto de Ley”) para financiar el proyecto de mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 17, Tramo Vial entre Pedro Juan Caballero – Capitán Bado – Itanará – Ypejhú en los Departamentos de Amambay y Canindeyú.
A. Aspectos Generales
El pasado 14 de junio de 2023 el Congreso paraguayo sancionó el Proyecto de Ley para financiar el mejoramiento de 220 de los 380 kilómetros de obras viales de la Ruta PY17; específicamente el tramo vial que une las localidades de Pedro Juan Caballero con Ypehú (el “Proyecto”).
El Proyecto es considerado por el gobierno como una obra de “Alta Prioridad Nacional”. De acuerdo con la exposición de motivos del Proyecto de Ley, el Proyecto traería consigo los siguientes beneficios: (i) mejora de la conectividad y favorecimiento de la salida de productos de la región; (ii) reducción de tiempos de viaje (- 3hrs); (iii) reducción de costos logísticos; (iv) valorización de las propiedades; y (v) mayor presencia del Estado en una zona alejada. Se estima que los beneficios directos del Proyecto alcanzarían a alrededor de 185.000 personas.
La ejecución del Proyecto estará a cargo del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) en calidad de Organismo Ejecutor en representación del Poder Ejecutivo; la parte operativa del Proyecto estará a cargo de la Dirección de Vialidad del MOPC.
B. Financiación
La financiación del Proyecto está a cargo del Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA) hasta el límite de US$ 220.000.000 (“Préstamo”), a ejecutarse en 2 etapas de US$ 130.000.000 (“Primera Etapa”) y US$ 90.000.000 (“Segunda Etapa”) en 20 años y 5 años de periodo de gracia. Para el desembolso de la Segunda Etapa, el Estado paraguayo deberá comunicar a FONPLATA, dentro de 36 meses (prorrogable por 12 meses) contados desde la entrada en vigor del Contrato, el justificante de los gastos realizados por un monto de US$ 52.000.000, del monto del financiamiento comprometido en la Primera Etapa.
Es importante mencionar que el Proyecto ya cuenta con el código de Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) de la Secretaría Técnica de Planificación a través de la cual se administran los proyectos de inversión pública.[1] En ese sentido, es importante mencionar que el Proyecto tendrá como consecuencia una ampliación presupuestaria de Gs. 3.000.000.000 (guaraníes tres mil millones) que afectará directamente al presupuesto del MOPC. El Proyecto de Ley prevé la posibilidad de una contrapartida local para los recursos adicionales al Préstamo y que fueren necesarios para concluir el Proyecto
C. Estructura del Proyecto y Sistema de Contratación
En lo que a la estructura del Proyecto se refiere, éste se divide en las siguientes obras y servicios (las “Obras”):
- Obras viales: de los 220km del trazado, 193 km corresponden al eje principal; 7km a travesías urbanas y 21km a circunvalaciones. La obra incluye puestos de peaje y pesaje. La contratación, vía licitación pública internacional (“LPI”), será por tramos.
- Fiscalización: Los contratos de fiscalización se contratarán bajo la modalidad LPI. Dirigidas a empresas consultoras que sólo podrán hacerse con un contrato, es decir, no más de un tramo.
- Gestión Ambiental, Social y Servicios Ambientales: Este componente del Proyecto contempla los siguientes programas: (i) Fortalecimiento Municipal y Departamental de la Gestión Ambiental; (ii) Educación Ambiental Socio-comunitaria; (iii) Educación Vial en Instituciones Educativas; (iv) Información y Comunicación a la Población; (v) Apoyo al Turismo; (vi) Apoyo y Fortalecimiento a las Comunidades indígenas; y (vii) Apoyo a Liberación de la Franja de Dominio y Asistencia Social a los afectados.
- Liberación de la franja de dominio: Este componente financiará las compensaciones económicas a los afectados por las expropiaciones previstas.
El Proyecto prevé que el Préstamo se asignará a las Obras de acuerdo con la siguiente estructura:
(*) El presupuesto del Proyecto incorpora la financiación de los impuestos nacionales
(**) Incluye el costo de la Comisión de Administración, de acuerdo con lo descrito en el Artículo 3.05 de las Estipulaciones Especiales de este Contrato.
En cuanto a la forma de contratación del Proyecto, el Proyecto de Ley establece que los contratos para la ejecución de la obra se llevarán a cabo utilizándose el sistema de LPI en arreglo a la normativa vigente en materia de licitaciones públicas y a las «Política para la Adquisición de Bienes, Obras y Servicios en Operaciones Financiadas por FONPLATA de julio de 2017».
De acuerdo con el Anexo del Contrato las contrataciones derivadas de la convocatoria podrán subdividirse en hasta cinco contratos de obra en la forma que se establecerá en el Pliego de Bases y Condiciones que deberá contar con la no objeción previa de FONPLATA. También la contratación de la Fiscalización deberá hacerse vía LPI y las convocatorias podrán subdividirse en la misma cantidad de los contratos previstos para la ejecución de las obras viales, en cuyo caso las firmas consultoras oferentes solo podrán ser adjudicatarias de un contrato de fiscalización.
D. Comentarios finales
El pasado 6 de julio de 2023 el Poder Ejecutivo promulgó el Proyecto Ley el cual fue publicado en la edición del 7 de julio de 2023 de la Gaceta Oficial como Ley Nº 7119/2023. Por otra parte, el MOPC aún no ha hecho el llamado a la LPI; considerando que el nuevo gobierno tomará posesión recién el 15 de agosto próximo, consideramos que el Proyecto estaría siendo licitado durante el tercer trimestre de este año o el primero de 2024.
Estudio Aliado: Vouga Abogados