Aliado: AVL Abogados
Se recuerda que aquellas compañías ecuatorianas que cuenten con accionistas extranjeros deberán recibir por parte de las sociedades extranjeras, la información correspondiente a sus accionistas que no tengan la nacionalidad ecuatoriana, hasta el 31 de diciembre del 2024.
En tal sentido, se deberá comunicar por parte de la compañía local, a través del portal web de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) dicha información, hasta el 31 de enero del 2025.
¿Qué información debo presentar?
a) Certificado Good Standing: certificación extendida actualizada por la autoridad competente del país de origen de la compañía extranjera en la que se acredite que dicha sociedad se encuentra legalmente existente en su jurisdicción, debidamente apostillada.
b) Listado de accionistas: listado completo de todos los socios, accionistas o miembros de la sociedad extranjera, identificando a los accionistas indirectos, hasta alcanzar el nivel de identificar a la persona natural, dueño final o ultimate beneficiary owner (UBO); o en su defecto un certificado que cotiza en bolsa en caso de hacerlo.
c) Poder: considerando que la compañía extranjera está obligada a designar un apoderado que la represente de manera permanente en el Ecuador, por el cual puedan contestar demandas y cumplir las respectivas obligaciones (artículo 6 de la Ley de Compañías), se deberá adjuntar dicho poder.
En caso de que no exista variación en cuanto a la información reportada en el 2024, se podrá presentar una declaración jurada en tal sentido.
Esta información es un resumen de novedades jurídicas de interés, y por tanto no podrá ser considerada como asesoría provista. Cualquier inquietud, comunícate con el equipo de AVL Abogados.