Publicação de um artigo sobre Concorrência Desleal no Trabalho Coletivo do Decreto 274/2019 de Lealdade Comercial na Argentina | Vouga Abogados

Por Marta Martínez

La prestigiosa editorial Thompson Reuters (Argentina) ha publicado un suplemento especial que analiza el Decreto 274/2019 de Lealtad Comercial en Argentina.  El compendio hace un análisis extenso sobre la materia de competencia desleal donde se abordan aspectos tanto de derecho sustantivo como aspectos procesales, el vínculo con otras materias y disciplinas profesionales, así como el impacto de la materia en el ámbito económico.
 
En el apartado dedicado al análisis de Derecho Comparado, Marta hace un análisis pormenorizado de la realidad paraguaya en la materia, donde considera aspectos relacionados con (i) la normativa local (ii) el estudio de las fuentes y sus problemas, (iii) la comparación entre el derecho de la competencia desleal vis a vis el derecho de la competencia (diferencias y puntos en común), (iv) la legitimación activa, (v) breve repaso de los  criterios jurisprudenciales y (vi) sus consideraciones finales respecto a
la evolución deseada de la materia en el Paraguay.
 
En primer lugar, Marta menciona que, en el Paraguay, a diferencia de otros países con leyes especiales de competencia desleal o donde las autoridades de competencia entienden en casos de competencia desleal y a falta de un cuerpo normativo unificado, es el juez mercantil el encargado de valorar la calificación de los actos desleales dentro de un catálogo normativo disperso y extremadamente abarcativo en donde es el juez civil y comercial la autoridad competente en casos de controversia.
 
En cuanto a las diferencias entre el derecho de competencia desleal y el derecho de la competencia, la autora menciona que al ser el derecho de la competencia una materia relativamente nueva en el Paraguay comúnmente tiende a ser confundida con el derecho de competencia desleal. En cuanto al
aspecto sustantivo, Marta menciona que, históricamente, la competencia desleal se ocupa de dirimir disputas entre privados dentro del ámbito comercial y profesional, mientras que, el derecho de la competencia se ocupa disciplinar aquellos hechos concurrenciales que puedan afectar a un
bien público siendo ésta la principal diferencia entre una y otra disciplina.
 
Por último, Marta considera que el principal problema jurídico se encuentra en la difícil tarea que deberá realizar el juez mercantil (Juzgado Civil y Comercial) al momento de valorar cuestiones como: las buenas prácticas, el uso honrado en materia industrial o comercial y los medios contrarios a los principios de la ética profesional que puedan causar daño al competidor, siendo esta valoración -más allá de la dispersión normativa- lo que hace vulnerable al sistema jurídico de protección a los actos desleal en Paraguay. Además, respecto a la relación entre actos de competencia desleal y actos anticompetitivos, Marta recomienda encaminar la legislación nacional hacia: (i) la tendencia internacional de entender los actos desleales como aquellos que atentan en definitiva contra el
correcto funcionamiento del mercado, ya sea con la promulgación de una ley especial de competencia desleal o ii) con la incorporación de los actos desleales en la legislación actual de Defensa de la competencia.
Para más detalles sobre la materia, contactar con Marta Martínez (mmartinez@vouga.com.py).

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